Institución del día 4 de mayo como Día Provincial del Combatiente de Incendios Forestales y Rurales
Artículo 1. Objeto
Se instituye el día 4 de mayo como "Día Provincial del Combatiente de Incendios Forestales y Rurales", en adhesión al día nacional e internacional homónimo y en reconocimiento a la labor que despliegan los trabajadores de la lucha contra incendios forestales y rurales en nuestra provincia.
Artículo 2. Asueto administrativo
Los agentes públicos que se desempeñen como combatientes de incendios forestales y rurales en la Provincia de Río Negro, gozan de asueto administrativo durante el "Día Provincial del Combatiente de Incendios Forestales y Rurales".
Artículo 3. Símbolo homenaje
Se adopta la cinta roja y azul, como símbolo homenaje al combatiente de incendios forestales y rurales, en cuya confección se debe observar una precisión de cinco (5) centímetros de largo y un (1) centímetro de ancho, con los dos (2) colores separados unidos en la parte superior de la misma, tal lo establecido para su uso común en el ámbito internacional.
Artículo 4. Actividades conmemorativas
El Poder Ejecutivo determina las actividades específicas referidas a la conmemoración del "Día Provincial del Combatiente de Incendios Forestales y Rurales", difundiendo las mismas a través de los mecanismos de comunicación oficial.
Artículo 5. Adhesión municipal
Se invita a los municipios de la provincia a adherir a la presente y a disponer de las formas más convenientes para hacer efectiva la conmemoración instituida en sus jurisdicciones.
Artículo 6.
Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.