Modificación del radio municipal de la localidad de Santa Eufemia, ubicada en el Departamento Juárez Celman

Artículo 1.

Modifícase el radio municipal de la localidad de Santa Eufemia, ubicada en el Departamento Juárez Celman de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102



Artículo 2.

La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman los tres (3) polígonos del Radio Municipal de la localidad de Santa Eufemia, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los veintidós(22) vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico Nº 1/2021 de fecha 20 de enero de 2021 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.



Artículo 3.

Los tres (3) polígonos que definen el Radio Municipal de la localidad de Santa Eufemia ocupan una superficie total de cuatrocientas veintitrés hectáreas, ocho mil setecientos noventa y dos metros cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados (423 ha, 8.792,72 m²), distribuida de la siguiente manera:

a) Polígono Urbano: conformado por doce (12) lados y doce (12) vértices de trescientas treinta y una hectáreas, doscientos noventa y dosmetros cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados (331 ha, 292,72 m²);

b) Polígono Cementerio: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4) vértices de una hectárea, seis mil ciento sesenta y seis metros cuadrados (1 ha, 6.166,00 m2), y c) Polígono Pedro E. Funes: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4) vértices de noventa y una hectáreas, dos mil trescientos treinta y cuatro metros cuadrados (91 ha, 2.334,00 m2).



Artículo 4.

Los puntos fijos amojonados son:

a) MOJON 1, de coordenadas N=6329660,05yE=4473312,64, y b) MOJON 2, de coordenadas N=6329638,41yE=4473640,33.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.