Institución como Capital Provincial y sede permanente de la Fiesta del Loro Pecho Vinoso a la localidad de Tobuna departamento de San Pedro

Artículo 1.

Se instituye como Capital Provincial y sede permanente de la Fiesta del Loro Pecho Vinoso, a la localidad de Tobuna departamento de San Pedro.



Artículo 2.

Se incorpora la Fiesta del Loro Pecho Vinoso al Circuito Turístico Provincial, dependiente del Ministerio de Turismo de la Provincia.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo