Institúyase el día 21 de mayo como "Día de los/as afroentrerrianos/as y la Cultura afrolitoraleña" en conmemoración de María Francisca Lencinas, primera afroentrerriana registrada por los documentos escritos conservados en la Provincia de Entre Ríos.
Incorpórese el día 21 de mayo como "Día de los/as afroentrerrianos/as y la Cultura afrolitoraleña" al calendario escolar del Consejo General de Educación.
Inclúyase en los contenidos curriculares del sistema educativo, en sus distintos niveles y modalidades, la conmemoración de dicho día, y la promoción de la historia y la cultura afrolitoraleña.
Durante la jornada de conmemoración del "Día de los/as afroentrerrianos/as y la Cultura afrolitoraleña" se llevarán a cabo talleres y otras acciones dirigidas a tomar conciencia de la importancia de conocer y reconocer a la comunidad afro y a la cultura afrolitoraleña, como parte de nuestra identidad.
Encomiéndese al Poder Ejecutivo, a través del área que corresponda, la conmemoración del "Día de los/as afroentrerrianos/as y la Cultura afrolitoraleña" mediante políticas públicas que visibilicen, incluyan y apoyen a la comunidad y cultura afrolitoraleña en sus distintas disciplinas.
Las actividades de conmemoración, programas de acción y todas las políticas públicas de visibilización, apoyo e inclusión, que en general se realicen en virtud de la presente ley, deberán incorporar un enfoque de género
Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del área que corresponda y el Consejo General de Educación a celebrar convenios de cooperación con otros organismos del Estado, asociaciones de la sociedad civil y demás instituciones públicas o privadas que por su competencia o función, coadyuven al cumplimiento de los fines de esta ley.
Invítese a las Universidades con sede en el territorio provincial, los Municipios y Comunas de la Provincia de Entre Ríos, a adherir a la presente ley, incorporándolo en sus respectivos ordenamientos.
Comuníquese, etcétera.