Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de la ciudad de Concordia, Departamento Concordia, mediante Ordenanza N° 37.273, sancionada el 15 de Diciembre de 2020 y promulgada el 18 de diciembre del mismo año, respecto del inmueble sito en Provincia de Entre Ríos, Departamento Concordia, Municipalidad de Concordia, Planta Urbana, Sección 0, Grupo 10, Manzana 14 Norte 11 Oeste N° 1895, domicilio parcelario Avenida San Lorenzo N°515 (Oeste), con destino al Establecimiento Educativo Escuela N° 53 " San Martín" , en cuyo terreno en la actualidad se encuentra funcionando dicha institución educativa, identificado con los siguientes datos parcelarios: Partida Municipal N°71153, Partida Provincial N°141792, Plano de Mensura N° 73557, con una superficie de seis mil quinientos noventa y siete metros cuadrados con ochenta y un decímetros cuadrados (6597,81 m2), de acuerdo a los siguientes límites y linderos:
Noreste: Recta (1-2) al rumbo S 79° 39' E de 78,40 metros lindando con Martín Lezcano y Otra, Francisco E González, María del Carmen Isla de Berón, Héctor Enrique Bruno, Claudia Raquel Goñi, Elena Tonelli y Daniel Alberto Milera.
Este: Recta (2-3), al rumbo S 12° 57' O de 85,90 metros lindando con calle Concejal Veiga.
Sur: Recta (3-4), al rumbo N 79° 00' O de 74,90 metros lindando con Avenida San Lorenzo.
Oeste: Recta (4-1), al rumbo N 10° 33' E de 86,30 metros lindando con Escuela Especial N° 2 " Los Azahares" .
Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para la efectiva transferencia de dominio del inmueble a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
Los gastos que demande la transferencia del dominio serán de cuenta del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
Comuníquese, etcétera