Adhiérese la provincia de San Juan al DECNU-2021-235-APN-PTE.
La adhesión establecida en el artículo anterior es en forma parcial y de acuerdo a las condiciones sanitarias provinciales y la delegación de facultades de nación a provincia.
Delégase facultades al Ministerio de Salud Pública para que dicte la normativa para hacer operativo lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia al que se adhiere.
La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.
Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución de la Provincia.
Publíquese en el Boletín Oficial