Transferencia de Acciones Impsa

Artículo 1.

Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir e integrar, hasta cuatrocientos cincuenta y cuatro millones trescientos mil (454.300.000) acciones ordinarias nominativas no endosables Clase C de IMPSA S.A..

La autorización establecida en el presente artículo queda condicionada a la efectiva participación del Estado Nacional en la suscripción e integración del paquete mayoritario de las nuevas Acciones Clase C de IMPSA.



Artículo 2.

Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir las acciones que suscriba de conformidad a lo autorizado en el artículo precedente a la Empresa Mendocina de Energía Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (EMESA).



Artículo 3. Partida Presupuestaria

A los efectos de financiar lo establecido en el Artículo 1º, el Poder Ejecutivo podrá disponer de mayor recaudación debidamente fundada, reestructuración de partidas existentes y/o remanentes de ejercicios anteriores que efectivamente se produzcan y que resulten necesarios para integrar las acciones que por el Artículo primero se autorizan a suscribir.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo