Administración Portuaria Puerto Barranqueras. Incremento salarial

Artículo 1.

Establécese a partir del 1 de septiembre del año 2020, un incremento adicional del ocho coma dos por ciento (8,2%), sobre los conceptos de la escala de remuneraciones vigente según la ley 3319-A para el personal comprendido en la Jurisdicción 39: Administración Portuaria Puerto Barranqueras, Escalafón 17 Administración de Puertos -.



Artículo 2.

Autorízase a la Dirección General de Finanzas y Programación Presupuestaria, dependiente del Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura, en su carácter de órgano rector del sistema presupuestario, a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento a esta ley.



Artículo 3.

El gasto que demande la aplicación de las medidas dispuestas en el presente instrumento legal, deberá imputarse a las respectivas partidas de la Jurisdicción 39: Administración Portuaria Puerto Barranqueras, conforme con la naturaleza de la erogación



Artículo 4.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo