Otórgase un subsidio por la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES ($ 99.000.000,00), a los Municipios de la Provincia, a distribuir según Planilla Anexa que forma parte de la presente Ley.
Facúltase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias, a fin del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, en el Ejercicio Fiscal 2021.
La presente Ley es de Necesidad y Urgencia.
Comuníquese y elévese esta Ley a la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, a los fines del Artículo 157º de la Constitución de la Provincia y publíquese en el Boletín Oficial.