Se instituye que cada 18 de febrero se promueva la concientización de todas las medidas de inclusión, tolerancia y respeto a las personas con Síndrome de Asperger en correspondencia con la Ley nacional 27.517

Artículo 1.

Institúyase que cada 18 de febrero se promueva la concientización de todas las medidas de inclusión, tolerancia y respeto a las personas con Síndrome de Asperger en correspondencia con la Ley nacional 27.517.



Artículo 2.

El Poder Ejecutivo determinará la autoridad de aplicación de la presente Ley.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo