Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción del inmueble, ubicado en la ciudad de Aguilares, departamento Río Chico, identificado en mayor extensión, con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 166.388; Circunscripción: I; Sección: E; Lámina: 37; Parcela: 83 A; Matrícula: 30917; Orden: 78, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro 6, Folio 34, Serie C, Año 1965.
Identificado con las siguientes medidas y linderos:
Norte: 82,24 mts. con remanente Padrón N° 166.388;
Sur: 73,00 mts. con Cementerio Municipal de la ciudad de Aguilares;
Este: 36,98 mts. con camino vecinal;
Oeste: 31,00 mts. con Remanente Padrón N° 166.388.
Con una superficie aproximada: 2.580,95 mts.2.
El inmueble mencionado en el artículo precedente será destinado a la utilización y funcionamiento del Cementerio Municipal de la ciudad de Aguilares.
Prescíndase del procedimiento administrativo de avenimiento expropiatorio por razones de urgencia, conforme lo dispuesto por el Art. 14 de la Ley N° 5006.
Comuníquese