Adhiérase la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27.351, Tarifa Especial para Pacientes Electrodependientes.
Créase el Registro Provincial de Pacientes Electrodependientes, cuyos datos se remitirán a la empresa prestataria de energía eléctrica a los fines de dar el debido cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente.
El Ministerio de Salud de la Provincia será la autoridad de aplicación de la presente ley.
El Ministerio de Economía de la Provincia proveerá las readecuaciones presupuestarias que sean necesarias para otorgar reflejo a las acciones emergentes de la implementación de esta ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo