Adhesión provincial a la Ley Nacional Nº 27.299, por la que se Instituye el Día del Ladrillero Artesanal

Artículo 1.

Adhiérase expresamente la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.299 por la que se instituye el Día del Ladrillero Artesanal.



Artículo 2.

Encomiéndese al Poder Ejecutivo Provincial a implementar las actividades específicas en relación al día instituido en el artículo precedente.



Artículo 3.

Invítase a los Municipios a adherir al régimen de la presente Ley.



Artículo 4.

Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese