Adhiérase expresamente la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.299 por la que se instituye el Día del Ladrillero Artesanal.
Encomiéndese al Poder Ejecutivo Provincial a implementar las actividades específicas en relación al día instituido en el artículo precedente.
Invítase a los Municipios a adherir al régimen de la presente Ley.
Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese