Instituyen el día 15 de octubre de cada año como Día Provincial de la Mujer Rural

Artículo 1.

Se establece el 15 de octubre como Día Provincial de la Mujer Rural, en concordancia con la Resolución A/RES/62/136 de la Asamblea General de las Naciones Unidas y con la Ley nacional 25431 -Día de la Mujer Rural-.



Artículo 2.

La autoridad de aplicación de la presente ley es la Subsecretaría de las Mujeres, dependiente del Ministerio de Ciudadanía, o el organismo que la remplace.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación debe coordinar acciones con entidades públicas y privadas internacionales, nacionales, provinciales o locales, con la finalidad de promover la igualdad de género y de empoderar a las mujeres y a las niñas que viven en las zonas rurales de la provincia.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo