Adhesión a la Ley Nacional Nº 27350

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia de San Juan a la Ley Nacional N° 27.350, de investigación médica y científica del uso medicinal, paliativo del dolor y terapéutico de la planta de cannabis y sus derivados



Artículo 2.

La autoridad de aplicación es el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación a través de los organismos pertinentes promoverá estudios e investigaciones relacionadas con el uso del cannabis con los fines previstos en el Artículo 1°, para profundizar conocimientos acerca de sus nuevos usos.

Se propiciará la participación de asociaciones civiles que estén relacionadas a la temática, en coordinación con los organismos dependientes del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, para establecer pautas y protocolos precisos de investigación y uso medicinal de los principios activos de la mencionada planta, con la única finalidad de mejorar los determinantes de la salud propuestos por la Organización Mundial de la Salud



Artículo 4.

La autoridad de aplicación articulará los mecanismos que sean necesarios a los fines de elaborar un plan de investigación que contemple toda la cadena de valor respecto al cultivo, producción y comercialización de cannabis, únicamente con fines científicos, medicinales y terapéuticos.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo