Adhesión provincial a la Ley Nacional 26.872, que dispone cobertura total de la cirugía reconstructiva como consecuencia de una mastectomía por patología mamaria

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia de Misiones a la Ley Nacional N.° 26.872 que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Ley.



Artículo 2.

La obra social provincial debe brindar cobertura del cien por ciento (100 %) en la cirugía reconstructiva como consecuencia de una mastectomía por patología mamaria y en la provisión de las prótesis autorizadas por las sociedades científicas pertinentes.



Artículo 3.

La Autoridad de Aplicación debe proveer el sostén ortopédico a toda persona de escasos recursos económicos que lo requiera de acuerdo a prescripción médica.

El hecho de poseer cobertura social no es impedimento para acceder al beneficio establecido en el presente Artículo.



Artículo 4.

Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública



Artículo 5.

Autorizase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones, modificaciones, y reestructuraciones en el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.



Artículo 6.

Comuníquese al Poder Ejecutivo