Transferir como donación a la Dirección General de Escuelas un inmueble

Artículo 1.

Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, a título de donación a la Dirección General de Escuelas, el inmueble compuesto por tres fracciones, conforme Plano de mensura oficial Nº 1.318, inscriptas en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, destinado a la ampliación de la Escuela Nº 1-129 "Combate de Potrerillos", del Departamento de Las Heras, Distrito Uspallata, conforme al siguiente detalle:

a) Fracción A: inscripta a nombre de la Provincia de Mendoza como 1ª inscripción al Nº 17.819, fs. 98, Tomo 51 E de Las Heras, constante de una superficie según mensura de UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CON TREINTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.738,37 m2), Padrón de Rentas Nº 03/53.098;

b) Fracción B: inscripta a nombre del Estado Nacional al Nº 6.932, fs. 63, Tomo 37 A de Las Heras, constante de una superficie según mensura de UN MIL TRESCIENTOS UN METROS, CUARENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (1.301,42 m2), Padrón de Rentas Nº 03/53.099 y transferido por el Estado Nacional a la Provincia de Mendoza mediante las Leyes nacionales Nros. 14.169, 24.084 y Leyes provinciales Nros. 2.158, 3132 y 5.597; y, c) Fracción C: constante de una superficie según mensura de TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (3.244,35 m2) y Padrón de Rentas Nº 03/53100.



Artículo 2.

Escribanía General de Gobierno realizará los trámites necesarios para concretar la donación dispuesta y la correspondiente inscripción registral del inmueble mencionado a nombrede la Dirección General de Escuelas..



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo