Adhesión de a provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 27.499, de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado

Artículo 1.

ADHIÉRESE en todos sus términos a la Ley Nacional 27.499, Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado.-



Artículo 2.

INVÍTASE a los Municipios, Honorables Concejos Deliberantes y Comisiones de Fomento de todo el territorio provincial a adherirse a la presente ley.-



Artículo 3.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.