Aprobación del Acuerdo de Complementación Económica 35 entre los Estados Partes del Mercosur y la República de Chile

Artículo 1.

Apruébase el Acuerdo de Complementación Económica N° 35 celebrado entre los Estados Partes del Mercosur y la República de Chile -Sexagésimo Primer Protocolo Adicional-, suscripto en la ciudad de Montevideo -República Oriental del Uruguay- el 4 de enero de 2018, que consta de cuatro (4) artículos y un (1) Anexo, en idioma español, el cual forma parte de la presente ley.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional