Se instituye y conmemora el Día del Lector

Artículo 1. ADHESIÓN

Adhiérese la Provincia de La Pampa a la Ley Nacional 26754 por la que se instituye el 24 d agosto de cada año como "Día del Lector", en conmemoración y homenaje al natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges



Artículo 2. DIVULGACIÓN DE LA LECTURA

Encomiéndase a la Autoridad de Aplicación de la presente, la realización en dicha fecha, de actos de divulgación de la lectura y de recon cimiento de la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universalEncomiéndase a la Autoridad de Aplicación de la presente, la realización en dicha fecha, de actos de divulgación de la lectura y de recon cimiento de la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal



Artículo 3. GASTOS

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida específica del presupuesto vigente



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo