Apruébanse los Convenios de Colaboración suscriptos en fechas 7 de agosto y 10 de julio de 2017, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe y El Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, Primera Circunscripción y Segunda Circunscripción, respectivamente.
Lo actuado por el funcionario a cargo del Ministerio de referencia en la firma del mencionado Convenio, fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Nº 2737 de fecha 12 de septiembre de 2017 e inscripto bajo los N° 7868 en fecha 11 de agosto de 2017, al Folio 141, Tomo XIV, el celebrado en fecha 7 de agosto de 2017 con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, Primera Circunscripción, y Nº 7805 en fecha 19 de julio de 2017, al Folio 109, Tomo XIV, el suscripto en fecha 10 de julio de 2017 con el mismo Colegio Profesional de la Segunda Circunscripción, ambos del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto Nº 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa, cuyas copias como anexos forman parteintegrante de esta ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo