Crease el Programa Provincial Sello Correntino. Aprobación

Artículo 1. Creación

Crease el Programa Provincial Sello Correntino



Artículo 2. Alcance

El presente programa estará dirigido a tres tipos de segmentos de la población:

1) Las personas físicas y/o personas jurídicas que realizan una actividad económica organizada (empresa) destinada a la producción de bienes o prestación de servicios en la provincia de Corrientes utilizando recurso humano de origen correntino y/o materia prima correntina;

2) Las bocas de expendio minorista;

3) Los consumidores correntinos.-



Artículo 3. Definiciones

1) Entiéndase por producción de bienes o prestación de servicios a los fines de este Programa a:

a) Bienes primarios procesados, de origen animal, vegetal o mineral;

b) Productos industriales y artesanales;

c) Servicios generales y de turismo Correntino ( sujetos a evaluación por parte del equipo técnico del programa Sello Correntino designado por la Autoridad de aplicación, teniendo en cuenta su vinculación con las actividades industriales estratégicas de la Provincia de Corrientes y los fines y objetivos específicos que persigue el presente programa).

2) Entiéndase a Productos industriales a:

a) Aquellos derivados de la actividad industrial manufacturera conceptualizados en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CLANAE) vigente;

b) Aquellos derivados de otras actividades que la Autoridad de aplicación oportunamente determine.-



Artículo 4. Objetivos Generales

Son objetivos generales:

1) Contribuir a la promoción y comercialización de los distintos productos y/servicios, elaborados/prestados en la provincia, trabajando de manera paralela en la mejora de la calidad tanto de productos como de procesos industriales y la incorporación de nuevas tecnologías a los mismos, aportando la integración de las cadenas productivas;

2) Constituirse como una herramienta que permita contar con la información precisa y pertinente para la creación de políticas públicas adecuadas a la realidad industrial, destinadas a promover el desarrollo, la competitividad y la innovación de las empresas dedicadas a la actividad industrial o actividades conexas, que se encuentren radicadas o se radiquen en la Provincia de Corrientes, favoreciendo así, al pleno desarrollo del sector.-



Artículo 5. Objetivos específicos

Son objetivos específicos:

1) Promoción de las industrias correntinas y sus productos: La promoción comprende las siguientes tareas:

a ) La impresión y colocación de las identificaciones y publicidades destinadas a promover y difundir el consumo de todos los productos elaborados por las industrias adheridas voluntariamente al programa en los establecimientos a los que se refiere el Artículo 1º de la Ley Provincial 6147;

b) Creación de contenidos gráficos y audiovisuales para ser difundidos en los medios de comunicación masivos y redes sociales;

c) Visita a instituciones educativas;

d) Generación de alianzas con municipios de la provincia;

e) Trabajo articulado con los comercios locales, y futuros interesados en comercializar los productos que gozan de licencia de uso la marca "Hecho en Corrientes" a fin de facilitar el consumo de los mismos;

f) Desarrollo de vínculo con supermercadistas para facilitar el ingreso de los productos provinciales a sus góndolas;

2) Asistencia Técnica:

a) asesoramiento y capacitaciones en las áreas en las quen las industrias demanden especialistas;

b) colaborar en la incorporación de procesos y tecnologías que mejoren las eficiencias de las industrias y su impacto en el medio ambiente;

c) generar el vínculo de las industrias con las distintas instituciones educativas y generadoras de conocimiento y servicios técnicos de privados.

3) Asistencia Financiera:

a) Gestionar la modalidad de contratación y/o venta con las cadenas de supermercados que adhieran al programa y la obtención de fondos rotatorios para pequeñas industrias a fin de sostener los plazos financieros que estos les impongan;

b) Obtener la adecuación de las líneas de fi n a n c i a m i e n t o p r o v i n c i a l e s a l a s necesidades del sector.

4) Asistencia Legal: a ) Brindar asesoramiento en la firma de contratos de venta de sus productosa fin de evitar cláusulas abusivas;

b) Firmar co Nacional de la Propiedad Industrial (I.N.P.I.) el conjunto marcario que resultante del concurso "Sello Correntino", con plenaonvenios marcos y acuerdos específicos con diferentes universidades a fin de contar con apoyo institucional y personal de dichas casa de estudios en el asesoramiento a las PyMes;

c) Asistir técnica y económicamente a las empresas adheridas al Programa en el registro de sus marcas comerciales ante el INPI.

5) Incentivo a la regularización de las distintas obligaciones legales y fiscales.



Artículo 6. Autoridad de Aplicación

La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio o el Ministerio que lo reemplace.-



Artículo 7. Atribuciones

El Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio de la Provincia de Corrientes, como autoridad de Aplicación, tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a) Otorgar asistencia a los interesados en implementar el sistema del programa "Sello Correntino", y a aquellos que sean beneficiarios del mismo;

b) Registrar ante le Instituts facultades de administración y disposición;

c) Elaborar y aprobar una guía de inscripción al programa "Sello Correntino", d) Llevar un padrón de aquellos productos y/o servicios cesionarios de la marca a ser registrada "Hecho en Corrientes", e) Registrar el movimiento comercial anual de los productos y/o servicios a los que se les ha cedido en uso marca "Hecho en Corrientes" tras el contrato de licencia de uso;

f) Autorizar, suspender, revocar, rescindir o denegar el uso de la marca "Hecho en Corrientes";

g) Firmar el convenio de adhesión al programa "Sello Correntino" con los beneficiarios;

h) Firmar el contrato de licencia de uso de la marca "Hecho en Corrientes";

i) Expedir certificados de uso, obleas y cualquier otro sistema de control que se establezca;

j) Asesorar a las autoridades correspondientes sobre el funcionamiento practico de la marca;

k) Realizar auditorías y evaluaciones periódicas donde se verifique el cumplimiento de los requisitos para el uso de la marca;

l) Difundir en medios masivos las ventajas de la adhesión al programa "Sello Correntino" a los efectos de promocionar el sistema;

m) Promover las medidas necesarias a efectos de incentivar la incorporación de los potenciales beneficiarios al presente régimen, y n) Dar cumplimiento a los objetivos del Programa Sello Correntino descriptos con anterioridad.



Artículo 8. Recursos

El Poder Ejecutivo dispondrá las partidas pertinentes para el efectivo cumplimiento del Programa creado por la presente ley en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración Publica Provincial.-



Artículo 9.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo