Institúyese, en todo el territorio de la Provincia, el día 30 de Octubre como el "Día del Retorno a la Democracia en la República Argentina".
Institúyese la distinción "Gobernador Fernando Pedro Riera", para todas las personas humanas y personas jurídicas que hayan realizado o realicen aportes importantes para la consolida ción de la Democracia y para defender la paz y la estabilidad social en el ámbito comunal, municipal o provincial.
Institúyese la distinción "Presidente Raúl Ricardo Alfonsín" para todas las personas humanas y personas jurídicas que hayan contribuido o contribuyan con acciones para la defensa de las Instituciones, el fortalecimiento de la Democracia y su consolidación, en el ámbito de la Nación toda.
Para acceder a la distinción prevista en los Artículos 2° y 3°, todas las personas humanas y personas jurídicas podrán proponer los candidatos dignos de obtener tal honor. La postulación de los candidatos será acompañada con los fundamentos suficientes de las acciones meritorias que los respalden.
Créase un Comité integrado por un (1) representante del Ministerio de Educación y dos (2) representantes de la Honorable Legislatura y podrá contar con la asistencia de una Comisión Asesora.
Se desempeñarán en carácter de ad honórem y las autoridades serán elegidas en la reunión de constitución del mismo. Dictará su propio reglamento y las decisiones serán tomadas por consenso. La gestión funcional y administrativa corresponderá al personal que disponga la Honorable Legislatura, los que serán nombrados conforme al procedimiento establecido en el Artículo 20, inc. 10 del Reglamento de la Honorable Legislatura.
El Comité estudiará cada caso y elaborará un listado de las personas humanas y personas jurídicas que cumplan con los requisitos enunciados en los Artículos 2° y 3°. La distinción será entregada, anualmente, por el Poder Ejecutivo y la Honorable Legislatura el día que se instituye en el Artículo 1° y consistirá en una medalla y un diploma.
El listado con las personas humanas y las personas jurídicas que sean galardonadas con esta distinción, serán publicados en el transcurso del año lectivo subsiguiente a la adjudicación de la misma, en todos los establecimientos educacionales y se promoverá la mayor difusión posible como una forma de poner en valor la trascendental importancia que se asigna a las acciones realizadas por la sociedad civil para la consolidación de nuestra Democracia.
Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones de partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley.
Comuníquese