Otórguese a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Catamarca una compensación económica por la suma de pesos tres millones ($ 3.000.000) para el período 2018, y una compensación económica por igual suma de pesos para el año 2019.
La presente Ley tiene por finalidad complementar con los fondos asignados por el Estado Nacional a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Catamarca, con destino al funcionamiento y equipamiento para la lucha contra el fuego y la protección civil de la población.
Facúltase al Ministerio de Hacienda a adecuar las partidas presupuestarias para el año 2018 y prever en el presupuesto del año 2019 el monto establecido en el artículo anterior de la presente Ley
De forma