Créase el Centro de Prevención y Registro de Datos de Trata de Personas, el que se denominará Observatorio de Trata de Personas "Mama Antula", bajo la dependencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia.
El Centro tendrá como objeto el análisis y la sistematización de datos respecto a la trata de personas en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero para el diseño y seguimiento de campañas de prevención de toda forma de esclavitud. Brindará información, coordinará acciones y dará asesoramiento a los organismos encargados de la lucha contra la misma, centrando su atención en las nuevas formas de captación de víctimas.
El Centro desarrollará los lineamientos para el dictado de capacitaciones, destinado a todo el personal perteneciente a las distintas áreas del Gobierno que posean atención al público, con el fin de detectar posibles casos de Trata de Personas.
La conformación y las funciones específicas del Centro serán establecidas por la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, a través de su autoridad de aplicación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo