Adhiérese la Provincia de Misiones a la Ley Nacional N.° 26.657, Derecho a la Protección de la Salud Mental y su Decreto Reglamentario N.° 603/2013, que como Anexo I y II respectivamente, forman parte integrante de la presente Ley.
Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
La Autoridad de Aplicación debe llevar adelante actividades con el objeto de prevenir, concientizar, difundir y capacitar en los medios de comunicación sobre los alcances de la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo