Ratifíquese el Decreto Nº 746 de fecha 18 de mayo de 2.018, el que en fotocopia certificada como Anexo forma parte de la presente Ley, por el cual en virtud de lo establecido en el inciso f) de la Cláusula Cuarta del Convenio aprobado por Ley Nº 8.949, se consideran eximidos de todos los impuestos provinciales al contrato de Obra Pública que se celebre para la Ejecución de la Obra "Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento" y a todo otro contrato, acto u operación que sea su consecuencia inmediata, como así también a los ingresos de la o las contratistas o subcontratistas derivados directamente de aquellos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo