Autorizan a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, a transferir en donación a la Dirección General de Escuelas, un inmueble

Artículo 1.

Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, a transferir en donación a la Dirección General de Escuelas, un inmueble de su propiedad, que consta de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS METROS, CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (3.826,57 m2), identificado como fracción "B" del plano de mensura, unificación y fraccionamiento de la Dirección Provincial de Catastro, archivado bajo el número 39651 de fecha 06 de enero del 2009, nomenclatura catastral N° 01-01-02-0065-000283-0000, ubicado en calle Carlos Pellegrini s/n, de la Ciudad de Mendoza, Padrón de Rentas N° 01-23945-8, Padrón Municipal N° 364-002, anotado en el Registro de Propiedad Raíz en la Matrícula N° 1593, fojas 585 del tomo 37 B de Ciudad Oeste. Todo conforme lo establece el artículo 73 inciso 3 de la ley 1079, Orgánica de Municipalidades, y el artículo 202 inciso 3 de la Constitución de la Provincia de Mendoza



Artículo 2.

El predio individualizado en el Artículo 1° será destinado para el funcionamiento de la Escuela N° 1-034 "Manuel Belgrano".



Artículo 3.

Por Escribanía General de Gobierno efectúese la escritura traslativa de dominio.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo