Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en comodato a la Comuna de Santa Cruz y La Tuna, un inmueble ubicado en esa localidad, departamento Simoca

Artículo 1.

Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en comodato a la Comuna de Santa Cruz y La Tuna, un inmueble ubicado en esa localidad, departamento Simoca, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 362.006, Circunscripción: II, Sección: E, Lámina: 227, Parcela: 61B, Matrícula: 33.853, Orden: 337, e inscripto en el Registro Inmobiliario con la Matrícula Registral N° Z-18.907, con una superficie aproximada de 1 ha. 1270.9197 m2.



Artículo 2.

El Comodato otorgado tendrá un plazo de duración de diez (10) años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ley, pudiéndose renovar de común acuerdo por igual plazo.



Artículo 3.

El inmueble objeto del Comodato será destinado al funcionamiento de un Centro de Integración Comunitaria. No podrá ser hipotecado, dado en garantía, ni entregado en todo o en parte a terceros, ni destinar su uso para otros fines.



Artículo 4.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas, dará derecho a la revocación del comodato, sin derecho a indemnización alguna.



Artículo 5.

Comuníquese