Amplíase el plazo establecido en el Artículo 19 de la Ley 238, a dos (2) años a partir de su vencimiento, al solo efecto del cumplimiento de la Ley 4480 y su relación con las Leyes 5032 y 5467
Conformase la Mesa Participativa para la ejecución de la presente Ley, a partir de su publicación en el boletín oficial. Dicha mesa estará integrada por:
a) Un (1) representante del Poder Ejecutivo en representación del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología.
b) Un (1) representante del Instituto de Vivienda de la Ciudad.
c) Tres (3) diputados en representación de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d) Dos (2) representantes de los vecinos censados del edificio sito en la calle Boedo 1959/67.
Comuníquese, etc