Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Sra. Graciela Raquel Butus, DNI 16.435.130, casada en primeras nupcias con Jorge Daniel Ravasio, domiciliada en Ruta 18, km. 24, Espinillo Norte, Departamento Paraná, Entre Ríos; del inmueble que según Plano de Mensura confeccionado por el Agr. Guillermo A. Clementi, y aprobado por la Dirección de Catastro bajo el N° 195471, se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Distrito Espinillo, Centro Rural de Población de Espinillo Norte, Lote N° 3, que tiene una superficie de trece áreas, cincuenta y cinco centiáreas (13 As., 55 Cas.), dentro de los siguientes límites y linderos: NORTE: Recta (9-10) al rumbo S. 80° 11' E, de 38,62 m., lindando con Lote N°2 de Graciela Raquel Butus. ESTE: Recta (10-11) al rumbo S. 09° 49' O, de 32,60 m., lindando con Lote N°2 de Graciela Raquel Butus. SUR: Recta (11-8) al rumbo N. 80°11' O, de 44,50 m., lindando con Belkis Beatriz Meli y otro. OESTE: Recta (8-9) al rumbo N. 20° 03' E., de 33,13 m., lindando con Camino Vecinal.
Establécese que la presente donación es con cargo para el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, de destinar el inmueble a la Junta de Gobierno de Espinillo Norte, donde se proyectó la construcción de un Salón de usos múltiples, un pozo de agua semisurgente y una Sala de Primeros Auxilios - Sala de Salud, que deberá éste último, llevar el nombre de "Abelardo Anselmo Butus".
Facúltese a la Escribanía Mayor de Gobierno, a realizar los trámites conducentes para efectiva transferencia del inmueble individualizado a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
Comuníquese, etcétera