Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Oro Verde, Departamento Paraná, del inmueble que según Plano de Mensura N° 194.089, Matrícula N°161.667, Partida Provinc

Artículo 1.

Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Oro Verde, Departamento Paraná, del inmueble que según Plano de Mensura N° 194.089, Matrícula N°161.667, Partida Provincial N° 181.863, Partida Municipal N° 205.646 se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Paraná, Distrito Sauce, Municipio de Oro Verde, Planta Urbana, Manzana 14, con domicilio parcelario en Avenida Los Chañares N° 275 (esquina calle Los Jilgueros), con una superficie de tres mil veintitrés metros cuadrados (3.023,00 m2) dentro de los siguientes límites y linderos:

NORTE: Recta (1-2) al rumbo S. 73°53' E de 50,00 m., lindando con Avda. Los Chañares;

ESTE: Recta (2-3) al rumbo S. 16° 14' O de 60,46 m., lindando con Rogelio Vidal Acosta y con Raimundo Mildemberger;

SUR: Recta (3-4) al rumbo N. 73° 53' O. de 50,00 m., lindando con José María Sphan y con Juan Manuel Malvicino;

OESTE: Recta (4-1) al rumbo N. 16° 14' E. de 60,46 m., lindando con calle Los Jilgueros, con destino al funcionamiento de la Escuela Secundaria N° 20 "Rosario Vera Peñaloza" de la localidad de Oro Verde, Dpto. Paraná.



Artículo 2.

Establécese que la presente donación es con cargo para el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos de destinar el inmueble a la Escuela Secundaria N° 20 "Rosario Vera Peñaloza" de la localidad de Oro Verde, Departamento Paraná.



Artículo 3.

Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia de dominio del inmueble individualizado, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos



Artículo 4.

Comuníquese, etcétera