Adhiérese la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 26.906, "Régimen de Trazabilidad y Verificación de Aptitud Técnica de los Productos Médicos Activos de Salud en Uso."
La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud de la Provincia
Facúltase al Poder Ejecutivo, para que a través del Ministerio de Salud u organismo que digne a tal efecto, suscriba convenios de cooperación y coordinación con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales a fin de propiciar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley nacional 26.906.
Autorízase al Poder Ejecutivo a adecuar las partidas presupuestarias correspondientes, para el cumplimiento de esta ley
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días posteriores a su publicación
Comuníquese al Poder Ejecutivo