Protección de los derechos humanos de las personas mayores

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia a la ley nacional 27.360, que aprueba la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA).



Artículo 2.

Institúyese el día el 23 de mayo de cada año como el "Día Provincial de la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores", fecha en la que nuestro país ratificó su adhesión a través del decreto 375/15.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación de la presente, será el Ministerio de Desarrollo Social, quien deberá promover políticas de concientización y capacitación dirigidas a la población



Artículo 4.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo