Declárase Monumento Natural a la Lagartija de las dunas (Liolaemus multimaculatus), en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
EL Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley de acuerdo lo establece el artículo 11 incisos a), b), c) de la Ley N° 10.907
Comuníquese al Poder Ejecutivo