Donación de Inmueble a la Municipalidad de Corpus Christi

Artículo 1.

Dónase a favor de la Municipalidad de Corpus Christi, el inmueble propiedad de la Provincia de Misiones, determinado como: Lote a-1, Subdivisión del Solar a, de la Manzana Setenta y Uno (71), Pueblo y Municipio Corpus Christi, Departamento San Ignacio, Provincia de Misiones; con una superficie total de mil doscientos cincuenta metros cuadrados (1.250 m2), según Toma de Conocimiento N.º 4.304, Nomenclatura Catastral: Departamento 14, Municipio 26, Sección 02, Chacra 00, Manzana 74, Parcela 02, Partida Inmobiliaria 25872, sin datos de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.



Artículo 2.

Impónese como cargo a la donataria la construcción de un salón velatorio sobre el inmueble determinado en el Artículo 1, para ser utilizado en carácter gratuito por los habitantes del municipio, debiendo finalizarse la obra en un plazo no mayor a cinco (5) años a partir de la fecha de publicación de la presente Ley.

Ante el incumplimiento del cargo impuesto, la donación es revocada a favor de la Provincia de Misiones.



Artículo 3.

Autorízase a la Escribanía General de Gobierno a realizar la correspondiente escritura traslativa de dominio.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo