Declaración de Fiesta Nacional a La Fiesta del Montañés

Artículo 1.

Declárese Fiesta Nacional a "La Fiesta del Montañés" durante el mes de agosto de cada año.



Artículo 2.

Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional del Montañés a la ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén



Artículo 3.

Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.