Adhesion Provincial a la Ley 27.271 - Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversión en Vivienda CASA DE AHORRO

Artículo 1.

Adhiérase la Provincia de Mendoza, en el ámbito de sus respectivas competencias, al régimen de la Ley Nacional N° 27.271, sobre el Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversión en Vivienda.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo