Promoción del voluntariado social

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 25.855



Artículo 2.

El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, fomentará programas de asistencia técnica y capacitación del voluntariado social e implementará campañas de divulgación y reconocimiento de las actividades del voluntariado social, con especial énfasis en el ámbito educativo.



Artículo 3.

La presente Ley no se aplicará a los Bomberos voluntarios



Artículo 4.

Comuníquese