Dispónese la eliminación gradual del uso del mercurio, en los establecimientos públicos y privados de salud de la Provincia.
Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, el Ministerio de Salud de la Provincia de Tucumán por intermedio del Sistema Provincial de Salud.
A partir de los noventa (90) días contados desde la promulgación de la presente Ley , los efectores de salud deberán proceder al reemplazo del uso del mercurio, como insumos en equipos o en prácticas médicas y en todas aquéllas que se usare este elemento químico.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo de noventa (90) días
Comuníquese