Se adhiere a la Ley Nacional N° 27324 - Régimen de Promoción de Pueblos Rurales Turísticos para todo el territorio Nacional

Artículo 1. Objeto. Adhesión

La Provincia de Río Negro adhiere en todos sus términos a la ley nacional n° 27324 que establece la promoción y el desarrollo sustentable de las actividades turísticas de los pueblos rurales, mediante la implementación de acciones que contribuyan a obtener un mejor aprovechamiento de su potencial.



Artículo 2. Autoridad de aplicación

Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, quien implementa las acciones necesarias para garantizar la participación de instituciones intermedias del sector turístico, comisiones legislativas específicas y autoridades municipales al momento de elaborar y presentar ante el Consejo Federal de Turismo, anualmente, la nómina de pueblos rionegrinos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3° de la Ley N° 27324.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese