Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles de Catriel

Artículo 1. Objeto

Se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación una porción de terreno cuya designación catastral es: Departamento Catastral 01, Circunscripción 3, Sección H, Fracción H70, Parcela 04 (01-03-H-H70-4), según Plano de Mensura 205-91, Plano de Mensura DPH 02-15 y Resolución número 1852/15 del Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro e informe de la Dirección de Tierras y Catastro Municipal. La identificación de la porción y las medidas definitivas están sujetas a lo que resulte de la mensura a realizarse para la implementación de la presente ley.



Artículo 2. Destino

En el marco de esta ley, el sujeto expropiante debe destinar el bien expropiado para loteo social y regularización de la situación dominial de los ocupantes del Lote 14 de la ciudad de Catriel.



Artículo 3. Sujeto expropiante

El sujeto expropiante es la Municipalidad de Catriel, a cuyo cargo estarán todos los gastos que demande la presente ley.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese