Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una franja de terreno de 4.602,97 m2, ubicada sobre Ruta Provincial N° 67 a 230,84 metros al sur del Canal Matriz, según croquis que se adjunta y plano de mensura N° 10/13565 de Rivadavia archivado en la Dirección Provincial de Catastro, Nomenclatura Catastral N° 10-99-00-0400-172585-0000-3, y Padrón Rentas N° 10/15135-5, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz bajo matrícula 161.057.
El inmueble individualizado en el artículo anterior será destinado a la apertura de calle por la Municipalidad de Rivadavia.
La Municipalidad de Rivadavia actuará como sujeto expropiante, de conformidad con las normas previstas por el Decreto-Ley N° 1447/75.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán soportados por la Municipalidad de Rivadavia.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.