Designan con el nombre de Senador Luciano Martini al Plan Maestro de Obras Hidraulicas

Artículo 1.

Desígnase con el nombre "Senador Luciano Martini" al Plan Maestro de Obras Hidráulicas establecido en las Leyes N° 14.527 y 14.778



Artículo 2.

El Poder Ejecutivo tomará las medidas correspondientes a fin de identificar con el nombre "Senador Luciano Martini" al mencionado Plan Maestro y a las obras que lo integran.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.