Donación de un inmueble efectuada a la Municipalidad de Luján de Cuyo

Artículo 1.

Exceptúase de la exigencia prevista en el artículo 26 del Decreto Ley N° 4341/79, y en función de la donación efectuada a la Municipalidad de Luján de Cuyo, del inmueble sito en Avenida Acceso Sur y Callejón Maldonado, con una superficie según Título y Plano de tres hectáreas cuatro mil ochocientos ochenta y nueve metros con doce decímetros cuadrados (3 ha. 4889,12 m2), inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz al Asiento A-4, de la Matricula 305.720-6 de Folio Real, a los siguientes emprendimientos:

a) Loteo aprobado y ejecutado en el inmueble propiedad de Developers S.A., dominio fiduciario, ubicado en Ruta Nacional s/n y calle Araoz s/n denominado "Rincón de Araoz", Distrito Mayor Drummond, Departamento Luján de Cuyo, Padrón Municipal N° 49155, Expediente de instrucciones de Loteo N° 2602/05.

b) Loteo aprobado y ejecutado en el inmueble propiedad de Bodegas y Viñas de Pérez Cuesta S.A., ubicado en calle Besares N° 1365, denominado "Chacras de Farrell", Distrito Chacras de Coria, Departamento Luján de Cuyo, Padrón Municipal N° 03975, Expediente de Instrucciones de Loteo N° 506/D/98.



Artículo 2.

Establécese que el inmueble mencionado en el articulo 1º primer párrafo, sólo la superficie de dos hectáreas mil ciento noventa y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados (2 ha. 1194,39 m2), identificada como Fracción "A" del plano de mensura y que es parte del inmueble de mayor extensión, será afectado a la construcción del Hospital Regional de Luján de Cuyo, previsto en el Plan de Inversiono de Obras de la Ley Provincial N° 8154 y de conformidad a lo establecido en Ordenanza N° 9275/10 de la Municipalidad de Luján de Cuyo.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.