Prorrógase la fecha de entrada en vigencia del Código Procesal Penal aprobado por ley n° 5020, hasta el 1 de agosto de 2017.
El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General deberán informar por escrito a la Comisión Interpoderes, a partir del mes de enero de 2017, del 1 al 10 de cada mes y hasta la fecha establecida en el artículo anterior, los avances obtenidos para la efectiva puesta en marcha y adecuado funcionamiento del sistema adversarial.
La presente ley entra en vigencia a partir de su sanción.
Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.