Se instituye en la Provincia de San Juan, la distinción Legisladoras Madres de la Democracia

Artículo 1.

Institúyese en la Provincia de San Juan, la distinción Legisladoras Madres de la Democracia, con el objeto de reconocer la trayectoria y acciones destacadas, por servicios de gran importancia prestados a la Provincia en el campo de su actividad legislativa, desarrollada simultáneamente con su actividad social y privada, que presupone el compromiso, la abnegación, de mujeres madres, que estén cumpliendo o hayan cumplido funciones legislativas, ya sea en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, desde el regreso de la democracia.



Artículo 2.

La distinción será otorgada por la Cámara de Diputados, en el mes de Octubre de cada año. El número de distinciones a otorgar, será en proporción a la representación parlamentaria del plenario de la Cámara de cada período legislativo.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.