Decláranse en "Emergencia Hídrica" a los Departamentos de Chical Có y Chalileo por el plazo de ciento ochenta (180) días.-
Facúltase al Poder Ejecutivo a contratar en forma directa la ejecución de obras, servicios, provisión de bienes y toda otra obra y/o contratación que sea necesaria para afrontar la situación de emergencia, encuadrándose en la Ley 38 General de Obras Públicas y en la Ley 3 de Contabilidad, vigentes.-
El Poder Ejecutivo trimestralmente pondrá en conocimiento de la Cámara de Diputados las acciones realizadas y obras contratadas en razón de la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.