TRANSFIÉRASE al Municipio de Comandante Luis Piedra Buena, la jurisdicción y el dominio de la fracción noroeste del Lote 219, Matrícula Catastral 87-0703, con una superficie de 2.360 ha. 37 a. 44 ca., conforme plano de mensura Nº 9275, el cual constituye el Anexo I, y es parte integrante de la presente ley; y de la fracción suroeste del lote 219, con una superficie de 3046 ha. 67 a. 35 ca., la que incluye las parcelas 219-K y 219-J, conforme plano de mensura Nº 9199 el cual constituye el Anexo II y es parte integrante de la presente ley.
La presente ley entrará en vigencia el día hábil siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.