Instituye al 18 de julio de cada año, como Día de Duelo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en homenaje a las víctimas del atentado a la (AMIA)

Artículo 1.

Institúyese el día 18 de julio de cada año, como "Día de Duelo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", en homenaje a las víctimas del atentado perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA) ubicada en la calle Pasteur 633 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



Artículo 2.

Establécese que durante el día indicado en el artículo precedente, la Bandera Nacional y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permanecerán izadas a media asta en los edificios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



Artículo 3.

Dispónese como forma de adhesión, la ornamentación de color negro en el Obelisco emplazado en la -Plaza de la República- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al objeto establecido en el artículo 1° de la presente, en recuerdo del trágico suceso acontecido.



Artículo 4.

Comuníquese, etc.